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Plenos

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El Pleno del Ayuntamiento

  • El Pleno está formado por el Alcalde o alcaldesa y el conjunto de Concejales/as electos. Es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal.
  • El Pleno Municipal se reúne en sesiones ordinarias, extraordinarias o extraordinarias de carácter urgente.
  • La organización y el funcionamiento del pleno se recoge en los artículos 46 y ss de la Ley 7/1985 Reguladora de Bases de Régimen Local. 
  • El Pleno puede, así mismo, funcionar en Comisiones, formadas por los Concejales que designen los grupos políticos en proporción a su representación en el órgano plenario.

Puedes consultar aquí la actividad corporativa de los Plenos municipales de los últimos años

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