Solicitamos su permiso para la utilización de cookies en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK | Más información
Ayudas para promoción industrial en el medio rural de la Comunidad de Madrid
Para empresas y empresarios autónomos

En el BOCM de 22 de octubre de 2020 se han publicado las bases reguladoras de las ayudas para promoción industrial en el medio rural de la Comunidad de Madrid, que se adjuntan al presente correo.

El objeto de estas ayudas es mejorar la calidad de vida de las personas que habitan en estas zonas y facilitar el arraigo poblacional en los municipios de menos de 2.500 habitantes de la Comunidad de Madrid, en el marco de la Estrategia para la Revitalización de los Municipios Rurales de la Comunidad de Madrid.

 Podrán acogerse a estas ayudas las empresas y empresarios autónomos que desarrollen alguna de las actividades industriales establecidas en el artículo 3 del Acuerdo.

 Será subvencionable el coste de las siguientes actuaciones:

  • Adquisición de terrenos para la construcción de naves industriales para uso propio.
  • Adquisición o reforma de locales y naves industriales para uso propio.
  • Construcción de naves industriales para uso propio.
  • Adquisición y montaje de maquinaria y equipamiento productivo, con una inversión mínima de 3.000 €.
  • Instalaciones industriales.
  • Ingeniería y gastos de legalización.

 

La cuantía de la ayuda será del 40% de la inversión subvencionable. Este porcentaje se incrementará al 50% para actividades industriales dedicadas exclusivamente al tratamiento de recursos renovables para la generación de energía y para las actividades de mejora de la accesibilidad a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y de la conectividad. El límite máximo de la ayuda será de 50.000 € por actuación y 50.000 € por beneficiario y ejercicio presupuestario.

 

El plazo de solicitudes se extiende hasta el 30 de abril de 2023 y el plazo de justificación será de 18 meses a partir de la notificación de la concesión, con el límite del 31 de octubre de 2023, salvo que la notificación de concesión tenga lugar después del 31 de julio de 2023, en cuyo caso el límite será de 3 meses a partir de la notificación de la resolución de concesión.


La información y el formulario de solicitudes de ayuda se presentarán a través de la página web de la Comunidad de Madrid, en el siguiente enlace:

https://gestionesytramites.madrid.org/cs/Satellite?cid=1354851078513&c=CM_ConvocaPrestac_FA&noMostrarML=true&pageid=1142687560411&pagename=ServiciosAE%2FCM_ConvocaPrestac_FA%2FPSAE_fichaConvocaPrestac&vest=1142687560411